Por Maria José Patón – El año 2016 llega con varias novedades legislativas, que afectan a las personas que han sufrido accidentes de tráfico y que recibirán indemnizaciones mayores por parte de las empresasaseguradoras. Así lo determina la reforma de las indemnizaciones por accidentes. Si se sufre un accidente de tráfico, es importante contar con el apoyo de un buen bufete como Patón Abogados, especialistas en reclamaciones por accidentes de circulación.
Indemnizaciones mayores a las víctimas de accidentes
Las víctimas por accidentes de tráfico que hayan tenido lugar a partir del 1 de enero de 2016 recibirán unas indemnizaciones más cuantiosas en relación a las que estaban vigentes hasta el momento. Estos incrementos son realmente significativos, particularmente en caso de muerte –con un incremento medio del 50%-, de secuelas, con un incremento del 35%, y de lesiones, con un 12,8%.
A pesar de que esta norma se refiere a accidentes de tráfico o circulación, estos baremos también se pueden aplicar a cualquier daño que haya sufrido una persona que sea potencialmente indemnizable. En Patón Abogados le podemos asesorar también en estos casos.
Cinco tipos de perjudicados por accidentes de tráfico
También se establece que sean las empresas de seguros las que se hagan cargo de los tratamientos de la víctima de un accidente de por vida. De forma paralela, estas empresas se verán obligadas a indemnizar a los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas en varios casos. En caso de muerte del accidentado, entra en vigencia una clasificación de los perjudicados, que se dividen en cinco categorías: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados.
Las personas que han salido perjudicadas por un accidente de tráfico podrán contar con informes periciales gratuitos de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en los casos de reclamaciones extrajudiciales. El precio público que se fije como contraprestación de la pericial correrá a cargo de la compañía de seguros.
Otra importante novedad es la Directiva europea ‘Solvencia II’, que fija los requisitos mínimos de capital que deben tener las empresas de seguros de cara a velar por la competencia entre empresas y la transparencia.
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